- Fracción Arancelaria 4011.10.10.03 — Con diámetro interior igual a 3556 cm (14 pulgadas) y cuya altura de la sección transversal sea del 70% o 65% o 60% de su anchura
- Fracción Arancelaria 4011.10.10.04 — Con diámetro interior igual a 3810 cm (15 pulgadas) y cuya altura de la sección transversal sea del 80% de su anchura
- Fracción Arancelaria 4008.21.02.01 — Mantillas para litografía, aun cuando tengan tejidos
- Fracción Arancelaria 4008.21.02.99 — Los demás
- Fracción Arancelaria 4008.29.99.01 — Perfiles
- Fracción Arancelaria 4008.29.99.99 — Los demás
- Fracción Arancelaria 4009.11.02.00 — Sin accesorios
- Fracción Arancelaria 4009.12.03.00 — Con accesorios
- Fracción Arancelaria 4009.21.05.01 — Con diámetro interior inferior o igual a 508 mm, excepto los reconocibles como diseñados para el manejo de productos a temperaturas inferiores a -39°C y lo comprendido en el número de identificación comercial 4009210502
- Fracción Arancelaria 4009.21.05.02 — Con diámetro interior superior a 508 mm, y/o mangueras autoflotantes o submarinas, de cualquier diámetro, conforme a los estándares referidos por el “OCIMF” (“Oil Companies International Marine Forum”)